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Presentada la solicitud junto con la documentación requerida, el grupo levantará acta de no inicio de las inversiones o actividades para las que se solicita la ayuda (no se admitirán gastos e inversiones anteriores a esta acta) y solicitará informe previo de subvencionabilidad a la Consejería de Agricultura y Pesca. Una vez obtenido este informe, se elaborará el correspondiente informe técnico-económico y se elevará la correspondiente propuesta al órgano de decisión del grupo que dictará la resolución que proceda. Posteriormente, el beneficiario y el Grupo suscribirán un contrato de ayudas en el que se recogerán las condiciones para la concesión de la subvención.

Una vez finalizada la ejecución de la inversión prevista, el beneficiario comunicará al Grupo su terminación quien verificará, la realización de la mejora o actividad, para lo cual deberá aportarse la documentación correspondiente.

SOLICITUD DE AYUDAS

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 2 de octubre de 2.002 al 31 de octubre de 2.006, presentando:

  • Solicitud en el modelo establecido.
  • Copia DNI / CIF del solicitante, y del representante en el caso de persona jurídica.
  • Escritura de constitución y documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • Memoria descriptiva de la inversión o actividad.
  • Presupuesto y/o facturas pro-forma de las inversiones a realizar.
  • Declaración responsable, en su caso, de tener las características establecidas para las "pequeñas empresas".
  • Declaración responsable de otras ayudas obtenidas y/o solicitadas para la misma actividad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • Declaración expresa responsable comprometiéndose al cumplimiento de las sus obligaciones como destinatario de la subvención.
  • Declaración jurada de generación o mantenimiento de empleo.
  • Acreditación de la propiedad o posesión, con título legítimo, del lugar donde se prevé la realización de la inversión, si procediera.
  • Acreditación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente al Estado, la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Cuando el proyecto implique la realización de obra civil, proyecto realizado por técnico competente visado por el Colegio correspondiente.
  • Licencias de obra, de actividad, de las inscripciones en registros y de cualquier otro permiso o requisito que sea exigible para la actividad o inversión de que se trate.
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